Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU
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A medida que esta Convocatoria avanza, se producen cambios importantes en algunos de los documentos adjuntos. Por favor, asegúrese de que considera la última de estas versiones en su solicitud, en función de la fecha de publicación, actualización o incorporación de cada uno de ellos, los encontrará al final de esta misma página, en la sección "Documentos Adjuntos".
Fecha de actualización: 29/05/2024.
Con fecha 7 de octubre de 2022 se ha publicado la "Resolución Definitiva” para la concesión de ayudas, formulada por el órgano instructor, en relación a la “Convocatoria de Ayudas del Programa MOVES FLOTAS”.
Tal y como se especifica en el artículo 15º de las bases reguladoras “…en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente al de publicación y notificación de la propuesta de resolución definitiva, los interesados deberán comunicar la aceptación de la resolución definitiva de concesión al órgano instructor”.
La falta de aceptación expresa por parte de los interesados en los plazos y términos previstos en la Orden TED/1427/2021, de 17 de diciembre, supondrá su renuncia a la ayuda y la pérdida del derecho de cobro a la misma.
Puede acceder al PDF de la “Resolución Definitiva” en la sección “Documentos Adjuntos” que encontrará al final de esta misma página.
La solicitud sólo se puede efectuar con la firma electrónica del representante
“En la carga de documentación, si alguno de los documentos no aplicara por tipo de beneficiario, por favor, cargar un documento indicando sencillamente “No aplica”, en pdf para que permita realizar la presentación de la solicitud de ayuda “
Antes de realizar el trámite de solicitud de ayuda es importante consultar la página de Requisitos técnicos para realizar trámites, en la que encontrará:
La aplicación devolverá un comprobante de la fecha y hora de registro, así como el número de expediente asignado, entendiéndose en ese momento formulada y registrada, con carácter definitivo, a todos los efectos, la solicitud.
Antes de entrar en la aplicación, por favor, lea la Guía de usuario de presentación de expedientes del Programa MOVES Flotas y el resto de Guías de Ayuda que puede encontrar en esta misma página en el apartado de Documentos Adjuntos.
Es especialmente importante completar, previamente a registrar la solicitud, la Memoria descriptiva de la actuación, cuyo modelo figura en el mencionado apartado de Documentos Adjuntos.
Para cualquier duda o aclaración relacionada con alguna incidencia informática relacionada con la solicitud presentada, deben dirigirse a: soporteinformatico.MOVES_FLOTAS@idae.es
Para consultas de carácter general o dudas sobre la convocatoria, tanto la ciudadanía, como cualquier empresa u organismo público, puede dirigir sus consultas al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través de los siguientes canales: formulario de contacto https://www.idae.es/contacto, correo electrónico ciudadano@idae.es, Fax (91 523 04 14), WhatsApp (910 789 894), o llamada telefónica (913 146 673).
Para consultas sobre temas relacionados con Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, PRTR, puede dirigir sus consultas al correo electrónico consultas.prtr@idae.es
Recuerde indicar siempre en sus consultas la comunidad autónoma o la provincia de España desde la que nos contacta, por motivos estadísticos y para poder orientar su consulta hacia la información más adecuada.
Recuerde indicar siempre en sus consultas la comunidad autónoma o la provincia de España desde la que nos contacta, por motivos estadísticos y para poder orientar su consulta hacia la información más adecuada.
Horario de atención telefónica: Jornada de invierno: L-V, de 8.00h a 19.00h. Jornada de verano, del 1 de junio al 30 de septiembre: L-V, de 8.00h a 15.00 h.
Horario de atención WhatsApp: Jornada de invierno: L-V, de 8.00h a 19.00h. Jornada de verano, del 1 de junio al 30 de septiembre: L-V, de 8.00h a 15.00 h.
Para consultas de detalle de las Bases reguladoras del programa, pueden dirigirse a: moves.flotas@idae.es
Las bases reguladoras de este Programa se regirán por la Orden TED/1427/2021, de 17 de diciembre.
Convocatoria: Resolución de 12 de enero de 2022, del Director General de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. por la que se establece la convocatoria del programa de incentivos a proyectos de electrificación de flotas de vehículos ligeros (PROGRAMA MOVES FLOTAS). Extracto de la Resolución de 12 de enero de 2022, publicado en BOE núm. 16 de 19 de enero de 2022.
Acuerdo de 18 de mayo de 2023 del Consejo de Administración de la E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, M.P. (IDAE), por el que se establece declaración expresa de financiación por la Unión Europea-Next GenerationEu de determinadas convocatorias de subvenciones aprobadas por este órgano, en el ámbito del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Para esta primera convocatoria del programa, se dispone de una dotación presupuestaria de 50.000.000 de euros.
Este presupuesto será objeto de financiación con el MRR dado que el programa objeto de la presente convocatoria forma parte de la Componente 1, Inversión 2 del PRTR aprobado por las instituciones europeas competentes.
Las ayudas del programa de incentivos, serán incompatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Se incentivarán proyectos de electrificación de flotas de vehículos ligeros por vehículos eléctricos y de pila de combustible, que operen en más de una comunidad autónoma y que cumplan los requisitos que se definen en el Anexo I de la Orden TED/1427/2021, de 17 de diciembre.
Los proyectos podrán incluir, no sólo la adquisición de vehículos eléctricos, sino también la disposición de la infraestructura de recarga necesaria para la nueva flota en las instalaciones de la empresa, así como la adquisición o adaptación de sistemas de gestión de flotas, para, entre otros, digitalizar el control de rutas, así como formación de personal de la empresa a fin de realizar una transición de la flota hacia la electrificación.
Se considerarán actuaciones elegibles las que se contemplan y describen en el Anexo I de la Orden TED/1427/2021, de 17 de diciembre, siendo requisito imprescindible que se solicite ayuda al menos para la actuación 1, relativa a la adquisición de vehículos eléctricos o de pila de combustible, si bien las actuaciones 2 y 3 serán opcionales.
Las solicitudes se valorarán por una Comisión Técnica de acuerdo a los criterios establecidos en el Anexo IV de la Orden TED/1427/2021, de 17 de diciembre.
Podrán ser beneficiarios del Programa MOVES FLOTAS:
a) Todo tipo de empresas con personalidad jurídica propia (Micro, Pequeña, Mediana y Gran Empresa).
b) El sector público institucional, a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Para la actuación 1 (adquisición de vehículos eléctricos y de pila de combustible), las cuantías individuales de ayuda, en función del tipo de beneficiario, del vehículo adquirido y de si se produce o no achatarramiento, se recogen en la tabla del Anexo III a la Orden TED/1427/2021, de 17 de diciembre.
Para las actuaciones 2 y 3, la intensidad de la ayuda será del 40% de los costes subvencionables (IVA o IGIC no incluido). Se podrá incrementar en 10 puntos porcentuales para medianas empresas y en 20 puntos porcentuales en el caso de micro y pequeñas empresas.
La máxima ayuda por beneficiario no podrá superar los 2,5 M€ por convocatoria.
Solo se admitirán solicitudes de proyectos cuya ejecución se inicie en fecha posterior a la fecha de registro de la solicitud de ayuda.
Las ayudas serán financiadas con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia dado que el programa de incentivos aprobado por esta orden se encuentra incluido en el PRTR aprobado por las instituciones europeas competentes.
Las solicitudes de ayuda objeto de esta convocatoria podrán presentarse en un plazo de dos meses contados desde la fecha de efectos de la misma, según lo especificado en su apartado decimotercero, a través del sistema telemático correspondiente alojado en el portal de ayudas de la sede electrónica del IDAE.
Transcurrido dicho plazo, expirará la vigencia de la presente convocatoria y no serán admitidas más solicitudes.
En esta convocatoria la fecha de admisión de solicitudes será el 20 de enero de 2022 a las 09:00 h., cerrándose la vigencia el 21 de marzo de 2022 a las 24:00 h.
Las actuaciones se ejecutarán en un plazo máximo de 18 meses contados a partir de la fecha de notificación de la resolución favorable de concesión de la ayuda.
Manual de identidad corporativa (Actualizado el 07/11/2023).